Presencialidad educativa rural: Boleto cooperativo gratuito

Roberto Fermín Bertossi
Investigador C i j s / UNC Experto CoNEAU / Cooperativismo

Ante creativos y prolongados esfuerzos por sostener y defender la asistencia presencial a todos los centros escolares rurales, la puesta en marcha de un “boleto cooperativo gratuito” es una necesidad urgente e inaplazable. Seria sumar un esfuerzo clave ante los efectos negativos tanto de una virtualidad excesiva como de la exigua conectividad en muchas colonias, comunidades y pueblos de interior, todo lo cual viene truncando o rompiendo una conexión educativa esencial entre Escuela, maestros y alumnos.

La ruralidad debe entenderse como el vínculo que establece una comunidad con su espacio rural, para que los actores y protagonistas educativos centrales puedan llegar a su escuela o colegio. Para ello, se debe asegurar el transporte cooperativo, polimodal y gratuito de alumnos, de asistentes escolares y, por cierto, de esforzados maestros y maestras a quienes deberíamos premiar, haciendo todos los esfuerzos por entusiasmarlos en su primordial tarea.

Con ello cooperaríamos para alcanzar la plenitud del derecho y garantía constitucional de enseñar y de aprender, presencialmente. Esto implica garantizar tal beneficio a la educación bilingüe e intercultural de los pueblos indígenas argentinos, (art. 75 inc. 17, C.N.)

Un derecho, que como es sabido, se establece en el Artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el que se señala con absoluta claridad lo siguiente:

“1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.”

Así, el “boleto educativo rural” al permitir asegurar el traslado de maestros rurales, asistentes escolares y estudiantes de manera gratuita, fundamentalmente en zonas rurales, sumará y multiplicará sustancialmente las garantías efectivas para que el Derecho a la Educación sea vivo, real, con ´todos´ los chicos aprendiendo en su colegio.

Tal boleto removerá todos aquellos impedimentos que tantas veces se producen para el traslado hacia las escuelas rurales, sea por el estado de los caminos, sea por indisponibilidad de vehículos en familias de escasos o escasísimos recursos que habitan, pueblan y trabajan el campo argentino como las de peones,  puesteros o encargados labradores y tractoristas, tamberos, etc.

Lograr la adhesión pendiente de provincias,  municipios y comunas, resultará valiosa e importante en términos de justicia educativa para facilitar el transporte polimodal de docentes rurales,  pero muy especialmente para aquellos estudiantes distantes  de sus establecimientos educacionales en el interior del interior. Estudiantes, que injusta e inequitativamente se vieron forzados a admitir la suspensión de los ciclos lectivos 2020´  (y –por ahora- parte del 2021´) con sus peores secuelas: 1) Desigualdad para la asimilación regular de las enseñanzas y los aprendizajes apropiados y oportunos; 2) La interrupción educativa involuntaria de toda una generación de estudiantes, o 3) Deserciones masivas.

Nuestro boleto rural gratuito y cooperativo apuntalará la prioridad del Derecho a la Educación con garantías de calidad y presencialidad, privilegiando la fragilidad y vulnerabilidades  familiares de aquellos estudiantes rurales a los cuales se les hace ´muy´  desigual y cuesta arriba llegar a su escuela, todos los días.

Sobre la polimodalidad a que aludimos, la misma consiste básicamente en que el Director del establecimiento escolar con acuerdo de la Comunidad educativa, designen y asignen  quién y cuándo recibe un “vale para combustible”. Un vale que puede consistir también en dinero para un taxi o remix, o para integrar actividades de economías colaborativas, como podrían ser, el compartir entre maestros y/o alumnos un mismo vehículo conforme protocolos sanitarios pertinentes. Con ello aseguraremos presencialidad, regularidad, equidad y confiabilidad de la visión pedagógica rural.

A todo esto, las cooperadoras y cooperativas escolares están llamadas y obligadas a desempeñar un rol insustituible para integrar y sostener el autofinanciamiento del transporte rural en favor de la presencialidad educativa. Para lo cual, hay que recurrir también a los recursos previstos en el Título I, artículo 1° de la ley de creación del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa, 23.427 así como otros aportes de índole privada.

El desafío es el de que todos los alumnos, docentes y colaboradores de cualquier condición o domicilio, puedan llegar todos los días a su colegio, en tiempo y en forma conforme la paridad de condiciones que supone la igualdad de trato y de oportunidades. Una igualdad que asegura nuestra Carta Magna, al menos, para obtener prestaciones  educativas  de  calidad,  efectivas  para  satisfacer las necesidades del alumnado en plazos adecuados y brindando  ayudas  de  manera equitativa a quienes más lo necesiten. 

Finalmente, tanto el boleto como la presencialidad educativa rural, son fundamentales para el cabal cumplimiento de los fines y objetivos de la política educativa nacional consignados en el artículo 11 del Capítulo II de la ley 26206: “a)   Asegurar   una   educación   de   calidad   con   igualdad   de   oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades  sociales”.

Obviamente para quien lo necesita y merece ya que sin este boleto no habrá presencialidad inclusiva ni extensiva a las capas sociales más necesitadas, lindantes con agudas pobrezas e indigencias.

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